¿Cómo recoger un envío?
¿Qué documentos necesito para recoger un envío?
Deberá presentar uno de los siguientes documentos originales válidos:
- TARJETA DE IDENTIDAD.
- Pasaporte.
- Permiso de conducir.
- Permiso de residencia (el formulario de solicitud del permiso de residencia no se considera válido).
- Otros documentos considerados válidos en el país del beneficiario, siempre que incluyan una fotografía.
¿Quién puede recoger mi envío?
Si no puede recogerlo personalmente, deberá rellenar un formulario de autorización indicando la persona que desea que recoja el envío en su nombre. Puede autorizar a una persona física o jurídica.
Las entregas pueden ser recogidas por :
- Destinatario
- Autorizado por el destinatario
¿Quién puede estar autorizado a recoger mi envío?
Se puede autorizar tanto a una persona física como a una persona jurídica:
Persona física
- Fotocopia o copia digital de uno de los documentos del beneficiario considerado válido a efectos de identificación.
- Autorización firmada por el destinatario: serán válidos tanto el aviso de llegada como una autorización genérica en papel.
- Uno de los documentos originales de la persona autorizada considerado válido a efectos de identificación.
- Personas jurídicas
- La entrega de las notificaciones a las personas jurídicas se hará al representante de la empresa o a un empleado de la misma. El acuse de recibo debe indicar :
La identidad de la persona que recoge la entrega, la firma y la fecha de la notificación y el sello de la empresa.
En el caso de las comunidades de bienes, entre las que se encuentran las comunidades de propietarios, las notificaciones pueden entregarse sin el sello, siempre que no lo tengan.
El sello no será un requisito para la admisión y entrega de las notificaciones de los órganos judiciales.
Si tiene un sello :
- Sello.
- Autorización firmada por el destinatario.
- Identificación fotográfica original de la persona autorizada válida en el país del destinatario.
- Excepción: en el caso de las notificaciones de organismos públicos, el sello no es necesario.
- Si no hay sello disponible:
Poderes:
- Autorización firmada por el destinatario.
- Identificación fotográfica original de la persona autorizada válida en el país del destinatario.
- Para que un particular recoja artículos dirigidos a una empresa o corporación, es necesario que los remitentes indiquen el nombre de la empresa y el nombre y apellidos del particular que recogerá el artículo.
¿Quién puede recoger mi envío en casos concretos?
Por otro lado, algunos casos específicos pueden requerir otro tipo de documentación y procesos:
Personas fallecidas
Los objetos se entregarán a sus herederos o a las personas encargadas de la administración de la herencia.
Si se trata de una carta, se depositará en la oficina de correos y se consultará al remitente para que autorice la entrega o la recogida.
Si hay varios herederos, se requiere una autorización escrita firmada por todos ellos para el cobro.
Con el aviso de llegada (físico o digital), es necesario presentar y depositar el certificado de defunción del destinatario de la partida y el documento que acredite la condición de heredero.
Comerciantes en proceso de quiebra o insolvencia
Se presentará a los administradores concursales o a las personas designadas por la autoridad competente.
Unidades militares
Se entregará a las personas formalmente autorizadas.
Prisiones
Se aplica la normativa penitenciaria específica.
Personas jurídicas
Las notificaciones a las personas jurídicas se entregarán a su representante o a un empleado del mismo, indicando en la documentación de Correos y, en su caso, en el recibo que acompaña a la notificación :
- La identidad de la persona que recoge el correo, la firma y la fecha de la notificación, también con el sello de la empresa.
- En el caso de las comunidades de bienes, entre las que se encuentran las comunidades de propietarios, las notificaciones podrán realizarse sin el sello en caso de que no lo tengan.
Por otro lado, el sello no será un requisito para la admisión y entrega de las notificaciones de los órganos judiciales.
Organismos públicos
La entrega de las notificaciones a los organismos públicos debe hacerse a un empleado y el aviso de recepción debe indicar
La identidad de la persona que recoge la entrega, la firma y la fecha de la notificación, y el sello del organismo público.
El sello no será un requisito para la admisión y entrega de las notificaciones de los órganos judiciales.
Envío a menores:
- A partir de 14 años: es necesario presentar un documento de identidad válido.
- Si es menor de 14 años: sólo puede enviar correo a un familiar que pueda presentar documentos válidos de ambos.
Entrega sólo al destinatario
- Sólo se puede entregar al destinatario y no se permite la autorización. Sólo se aplica a los particulares.
- Envío de promociones de prensa
- Comprobaremos que el código de entrega del cliente coincide con el del paquete.
- Envíos a dominios web
Cuando un artículo va dirigido a un dominio web, y sólo en los casos en que el titular del dominio haya firmado un contrato con Correos, habrá un documento que contenga los datos del cliente, ya sea éste una persona física o jurídica.
La entrega se hace a la persona física o jurídica que aparece en el documento como titular del dominio y se realiza con las mismas formalidades que cualquier otra entrega.
Si la oficina no dispone de este documento, no será posible entregar el envío.
¿Quién puede recoger un Giro?
- Nacionales españoles: es imprescindible que el remitente y el destinatario presenten el DNI original, de acuerdo con la Ley 10/2010. Además, Correos está obligado a conservar una fotocopia del DNI de ambas personas durante un periodo mínimo de 10 años.
- Nacionalidad extranjera :
- Tarjeta de identidad de extranjero / Tarjeta de residencia.
- Pasaporte válido en el país de origen con una fotografía del titular.
- Documento, carta, pasaporte o documento oficial de identidad personal expedido por las autoridades de origen en el caso de los ciudadanos de la UE o del Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza.
- Documento de identidad expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para el personal de las representaciones diplomáticas y consulares de terceros países en España.
- Tarjeta de asilo político.
¿Cómo recojo un envío de varios paquetes (Expedición)?
- Completo: en una lista de envíos o paquetes con el mismo remitente, el mismo destinatario y el mismo producto, la entrega se realiza al mismo tiempo.
- Parcial: en una lista de envíos o paquetes con el mismo remitente, el mismo destinatario y el mismo producto, la entrega se realiza en varias veces.
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